Vencimiento de impuestos Segundo Trimestre 2019

Para los siguientes impuestos la fecha de Vencimiento Domiciliación Telemática es el 17-07-2019

  • IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO: MOD. 303
  • IMPUESTO SOBRE LA RENTA PERSONAS FÍSICASMOD. 131-130-115-111

Deberán comunicar cualquier variación en los importes pagados o percibidos por arrendamientos y aportar dichas facturas, tanto las recibidas como las emitidas antes del día 8, al objeto de confeccionar correctamente los impuestos de IRPF e IVA.

Todas las empresas sometidas al Régimen de Estimación Directa, Normal o Simplificada, deberán facilitarnos los “libros de Ingresos o Ventas”, “Compras y Gastos” y “Registro de Bienes de Inversión” debidamente cubiertos a fecha 30-06-2019 o en su caso deberán aportarnos todas las facturas del primer trimestre, dentro de los 8 primeros días del mes de Julio. Los empresarios que hayan practicado retenciones a profesionales o hubieran satisfecho retribuciones en especie, deberán facilitarnos las facturas correspondientes, con el fin de incluirlos en la liquidación de I.R.P.F.

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