Programa Emplea Discapacidad y Exclusión (TR342A)

Plazo de presentación: 08/01/2020 – 30/09/2020

Las solicitudes de ayudas de los bonos de contratación y formación para las contrataciones por cuenta ajena subvencionables realizadas entre el 1 de octubre de 2019 y la fecha de la publicación de esta orden deberán presentarse en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal al de la publicación y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.

Las ayudas previstas por las contrataciones subvencionables realizadas desde la entrada en vigor de esta orden deberán solicitarse hasta el último día del segundo mes siguiente a la fecha en que se inicie la relación laboral indefinida o temporal por la que se solicita subvención. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas finalizará el 30 de septiembre de 2020, aunque en esa fecha no hubiese transcurrido el plazo señalado en los párrafos anteriores.

El plazo de presentación de solicitudes del Programa de empleo con apoyo comenzará al día siguiente al de la publicación de esta orden y finalizará el 30 de septiembre de 2020.

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Programa Emplea para personas desempleadas de larga duración (TR349R)

Plazo de presentación:  08/01/2020 – 30/09/2020

1. El plazo general para la presentación de las solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden comenzará el día siguiente al de su publicación.

2. Las solicitudes de ayudas por las contrataciones por cuenta ajena subvencionables realizadas entre el 1 de octubre de 2019 y la fecha de la publicación de esta orden deberán presentarse en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal al de la publicación y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al del inicio del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Si el último día de plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

3. Las ayudas previstas por las contrataciones subvencionables realizadas desde la entrada en vigor de esta orden deberán solicitarse hasta el último día del segundo mes siguiente a la fecha en que se inicie la relación laboral indefinida o temporal por la que se solicita subvención. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

4. El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas finalizará el 30 de septiembre de 2020, aunque en esa fecha no hubiera transcurrido el plazo señalado en los párrafos anteriores.

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Programa Emplea Juventud para personas jóvenes (TR349T)

Plazo de presentación: 08/01/2020 – 30/09/2020

1. Esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras por las cuales se regirá, en régimen de concurrencia no competitiva y en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, la convocatoria de las subvenciones establecidas por la Consellería de Economía, Empleo e Industria para el año 2020, con la finalidad de facilitar la inserción laboral de las personas jóvenes menores de 30 años desempleadas que presentan desventajas y dificultades particulares para permanecer en el mercado de trabajo, favorecer el empleo estable y facilitar la empleabilidad y ocupabilidad.

2. Por medio de esta convocatoria las empresas tendrán la posibilidad de obtener ayudas para la contratación indefinida inicial, la contratación temporal con una duración inicial mínima de 12 meses y formación por cuenta ajena (código de procedimiento TR349T).

Se incluyen dos tipos de ayuda compatibles:

a) Bono de contratación, por medio del cual se proporcionará una subvención para la contratación indefinida inicial y la temporal, con una duración mínima inicial de doce meses, de las personas desempleadas jóvenes menores de 30 años.

b) Bono de formación (opcional), dirigido a las personas contratadas por medio de esta orden, para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo.

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Nuevo servicio de Notificaciones Electrónicas

Desde el 1 de enero de 2011, existe obligatoriedad para una determinada serie de empresas recibir las notificaciones de la AEAT por vía telemática (Notificaciones Electrónicas Obligatorias) .

Por ello GESTEM pone en marcha un nuevo servicio de Recepción de Notificaciones Electrónicas para descargar a los clientes que lo contraten de la responsabilidad de jurídica recibir por vía telemática las notificaciones administrativas.

Este servicio cumple con las máximas garantías de confidencialidad, autenticidad y privacidad con el fin de asegurar la identidad de los participantes y de las comunicaciones.

Si desea recibir un presupuesto personalizado para contratar este servicio puede ponerse en contacto con GESTEM a través del siguiente formulario:

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